Tratamientos de Fertilidad, la cobertura de las obras sociales

Los TRATAMIENTOS DE FERTILIDAD, son un beneficio para aquellas personas mayores de edad que por cualquier motivo no puedan concebir de manera natural un hijo.

Los tratamientos de fertilidad se han convertido en un pilar fundamental de la salud reproductiva, ofreciendo esperanza y oportunidades a personas que, por diversas razones, enfrentan dificultades para concebir de manera natural. Es esencial comprender lo que los agentes de salud deben cubrir en este ámbito para garantizar el acceso a estas terapias.

Los agentes de salud deben proporcionar cobertura integral para los tratamientos de fertilidad. Esto incluye el diagnóstico, los medicamentos necesarios, las terapias de apoyo, los procedimientos y las técnicas de reproducción médicamente asistida. Las técnicas de reproducción médicamente asistida abarcan una serie de opciones, como la inducción de ovulación, la estimulación ovárica controlada, el desencadenamiento de la ovulación, y las técnicas de reproducción asistida. Además, esto engloba la inseminación intrauterina, intracervical o intravaginal, utilizando gametos del cónyuge, pareja conviviente o no, o de un donante.

Una de las preguntas más comunes es si estos procedimientos están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO). La respuesta es un rotundo sí. Los tratamientos de fertilidad se encuentran dentro del PMO, lo que significa que los pacientes tienen el derecho a acceder a estos servicios sin importar su orientación sexual o estado civil. Esta igualdad de acceso es esencial para garantizar que todas las personas tengan la oportunidad de explorar estas opciones de tratamiento sin barreras injustas.

Te lo resumimos!

❔¿QUÉ DEBEN CUBRIR LOS AGENTES DE SALUD?

√ Deben cubrir el diagnóstico, los medicamentos, las terapias de apoyo, los procedimientos y las técnicas de reproducción médicamente asistida, los cuales incluyen: a la inducción de ovulación; la estimulación ovárica controlada; el desencadenamiento de la ovulación; las técnicas de reproducción asistida; y la inseminación intrauterina, intracervical o intravaginal, con gametos del cónyuge, pareja conviviente o no, o de un donante.

❔¿SE ENCUENTRAN INCLUIDOS EN EL PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO (PMO)?

√ ¡SI! Estos procedimientos se encuentran incluidos en el PMO. Como así también el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo.

NO hay requisitos o limitaciones que impliquen la exclusión debido a la orientación sexual o el estado civil de los destinatarios.

Los tratamientos de fertilidad son un recurso invaluable para muchas personas en su viaje hacia la paternidad y la maternidad. Garantizar que estos tratamientos estén disponibles y accesibles para todos, sin importar su orientación sexual o estado civil, es un paso importante hacia una atención médica más inclusiva y equitativa.

El acceso a tratamientos de fertilidad no solo es un derecho de salud reproductiva, sino también un acto de empatía y comprensión hacia las diversas experiencias de la vida y los caminos hacia la familia.

Contactanos si necesitás ayuda en este tema.

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